“NO BUSCAMOS DILATAR LOS PROCESOS …" DIJO ABOGADO DE ALCALDE VARGAS

“EL EXPRESO DE LA COSTA” NOS ENVIÓ FINALMENTE ALGUNOS DE LOS ARTÍCULOS DE SU ÚLTIMA EDICIÓN.
Leámoslos:

Carlos Castro, abogado del Alcalde Jorge Vargas
“NO BUSCAMOS DILATAR LOS PROCESOS, SOLO BUSCAMOS QUE SE CUMPLA LA LEY”

Una satisfacción en cierta forma contenida mostró el abogado Carlos Castro, luego de conocerse que se había acogido el recurso de hecho por parte de la Corte de Apelaciones de Rancagua que el presentó junto a un recurso de no innovar que significó suspender por unos días el juicio Contra el Alcalde Jorge Vargas, su representado, en el llamdo caso “testigos falsos”.

“Nosotros hicimos una reclamación respecto de que consideramos que el Juez de Pichilemu, Don Rodolfo Moreno no es quien deba ver esta causa, ya que tendría causales de implicancia, por cuanto ya habría emitido juicios respecto de estos temas. Ante esa presentación, quien resolvió este recurso desde nuestro punto de vista es personalísima, donde a nuestro juicio solo debe de pronunciarse un juez titular, y en este caso lo hizo la Jueza subrrogante, por eso nosotros apelamos de lo resuelto por ella y ella no le dio curso a nuestra apelación, señalando que tal resolución es inapelable.

¿Y con ello se buscaba suspender el Juicio?
“Nosotros interpusimos un recurso de hecho, que es aquel recurso que uno puede interponer cuando se niega un recurso de apelación, creyendo uno que debe ser concedido. En paralelo a este recurso de hecho, se solicita una orden de no innovar, es decir, que la Corte paralice los efectos de lo resuelto, en este caso que paralice el juicio que estaba programado hasta que ellos no vean el fondo del asunto. Esa fue la petición que se acogió, es decir que habían antecedentes suficientes como para ordenar que se paralice la realización del juicio hasta que la Corte se pronuncie sobre esta cosa de la implicancia”

¿Y que se debería esperar entonces, si al fin se decide que el juez no debe ver esta causa por lo que usted señala?
“Si el juez de Pichilemu no se ha pronunciado. El no ha dicho si yo me siento implicado o no, el no ha conocido de nuestra presentación, si no que lo ha hecho la jueza subrrogante. Y eso es, de nuestro punto de vista – respetando lo que piense el Magistrado- que estamos frente a un error. El debe de pronunciarse con respecto a la implicancia. De ganar nosotros nuestra pretensión, creo yo que el debería de pronunciarse de nuestra reclamación, salvo que la Corte ordene que conozca directamente esta causa un juez no inhabilitado, y también podrían decir que se rechaza el recurso de hecho y en ese caso sigue todo vigente y bueno habría que cambiar solamente la fecha del juicio”.

¿No es una medida dilatoria abogado?
“Mire, yo defiendo en esto en forma bastante seria mis argumentos jurídicos y creo que sostener que la Corte de Apelaciones ordene no innovar, no es porque la presentación haya sido ni dilatoria, ni mucho menos, es porque hay mérito como para que la Corte resuelva el tema, es un tema jurídico bastante importante, y evidentemente si yo estoy contratado conjuntamente con un equipo para defender a nuestro representado lo vamos a hacer conforme a la Ley vigente, y esta ley establece que un juez que usted considere implicado para conocer de una causa no puede juzgarlo. Así de claro. Además yo le voy a decir Félix una cosa sumamente clara, nosotros siempre quisimos que fuéramos a juicio oral ante un tribunal oral colegiado, es decir con 3 jueces, y así se habría evitado todo este problema”

¿No es entonces una medida para dilatar los procesos?
“De ninguna manera. Le reitero, no me gusta cuando se dice eso y se lo digo muy francamente que estas son cuestiones dilatorias, no es esa nuestra intención. Insisto si hubiésemos ido a un tribunal oral habría sido distinto, me gustaría que los colegas que opinan que esto es una medida dilatoria de nuestra parte, no es nuestra intención. Ahora, este entre las facultades del Fiscal de haber insistido en un juicio simplificado pero bueno es una opción estrategia de él, yo quisiera que los colegas no colocaran este tipo de calificativos, porque pareciera que nosotros estuviéramos valiéndonos de cuestiones que están alejados de la ley, y nada mas diferente es, por algo la Corte de Apelaciones acogió lo presentado por nosotros de que hay que estudiar los antecedentes”.

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